Procesados sin prisión, nueve jugadores no podrán pisar una cancha por dos meses.
De Nacional fueron procesados: Burián, Arismendi, González, García y Torres. De Peñarol: Estoyanoff, Núñez, Aguerre y Sandoval. Por su parte, «Japo» Rodríguez y Scotti quedaron en libertad.
«No podemos seguir tolerando que cosas de esta magnitud pasen como si nada hubiera pasado», había declarado, el fiscal Zubía a Subrayado
El artículo 323 bis del Código Penal expresa: “El que, con motivo o en ocasión de una competencia deportiva u otro espectáculo público que tuviera por objeto recreación o esparcimiento, durante su desarrollo o al ingresar o retirarse del mismo, participare en una riña o compeliere a participar en ella, la dirigiere o la propiciare, será castigado con pena de tres a veinticuatro meses de prisión.
Ahora me pregunto, que se le dirá al vecino, o varios vecinos cuando tengan una disputa, y «como buen hijo de vecino» lo manden en cana aplicando la norma, algo andará mal? O como decía mi tía «La Tita», sigue habiendo «hijos y entenados»?.
El final del clásico realmente terminó y termina de manera lamentable, de la norma 323 bis del Código Penal ni hablamos.
Espero que si le toca, tampoco se la apliquen, cual es la diferncia entre usted y un futbolista.