Subrayado se comunicó con Fernando Calloia, quien confirmó la noticia. Fue notificado este lunes de tarde y se aprestaba a leer la argumentación que revoca su procesamiento.
La parte sustancial del fallo del Tribunal de Apelaciones dice lo siguiente: “No puede presumirse que Calloia haya impartido directivas sin importarle que COSMO tuviera o no capacidad financiera para adquirir los aviones. No fue alegado ni hay prueba de algo semejante. La intención de favorecer, que como se dijo, constituye la piedra angular del pedido de procesamiento y cuyo examen fue indebidamente soslayado en la recurrida, no surge de las actuaciones practicadas. La reticencia o las contradicciones que se atribuyen al imputado, no alcanzan a desvirtuar esa conclusión objetiva y razonable; ni lo hacen per se, culpable de delito alguno».
Además, el Tribunal agrega que: «corresponde entonces la clausura del sumario, si lo único que resta es la general desaprobación de una conducta por un resultado que se dice deficitario para el Estado, sin que a ese respecto la recurrida proporcione la necesaria explicación acerca de qué manera la conducta de Calloia implicó ‘al Estado Uruguayo y por consiguiente a toda la población pérdidas económicas millonarias a las que se debió, se debe y se deberá continuar haciendo frente’”.
La decisión del Tribunal de Apelaciones fue por dos votos a favor de la revocación y uno en contra. A favor votaron los ministros Rolando Vomero y Alberto Reyes. En contra lo hizo Sergio Torres.
Calloia fue procesado sin prisión a fines del año 2013, por el delito de abuso de funciones. Se debió a su participación en el aval otorgado por el Banco República a la empresa española Cosmo para que participara del remate de los aviones de Pluna.
Por este mismo caso y aval fue procesado también, sin prisión, el ex ministro de Economía, Fernando Lorenzo. A diferencia de Calloia, Lorenzo no quiso apelar el fallo por lo que su procesamiento sigue firme.