Nota de Opinión
Por Daniel Bianchi
El pasado miércoles 10 de diciembre la Cámara de Representantes aprobó el nuevo Código del Proceso Penal (CPP), que comenzará a regir a comienzos del año 2017, cuando los juicios en nuestro país, a diferencia de la actualidad, pasarán a ser orales y públicos.
De esta manera, contando con la media sanción del Senado, y tras la ratificación en la Cámara Baja, fue remitido para su promulgación al Poder Ejecutivo.
La iniciativa, respaldada por todos los partidos políticos que votaron en bloque sus 383 artículos, viene a cubrir una enorme carencia del Poder Judicial e introduce, de manera similar a la de muchos países, una administración de justicia que, además de ser más ágil, moderna y eficiente, aporta mayor transparencia y el trato igualitario para los ciudadanos de los distintos sectores sociales.
El texto concede una mayor jerarquía al Ministerio Público, al tiempo que lo quita de la órbita del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) otorgándole mayor independencia, estableciéndose que «no recibirá órdenes ni directivas provenientes de ningún Poder del Estado, sin perjuicio de la superintendencia correctiva y administrativa que le compete al Fiscal de Corte».
Hacía muchísimos años que se venía hablando de la necesidad de encarar la reforma del actual CPP, vigente en Uruguay desde agosto de 1980, desde su aprobación por parte del entonces Consejo de Estado que suplantó al Parlamento durante la dictadura, por lo cual con el asentimiento de todos los partidos el Poder Legislativo promovió la conformación de una comisión de expertos con el objetivo de elaborar un proyecto de ley que actualizara y diera más agilidad a los procesos, al frente de la cual estuvo el recientemente fallecido magistrado Dardo Preza, doctor en Derecho y Ciencias Sociales, ministro del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y profesor de Derecho Penal (Grado 4) en la Universidad de la República.
La razón por la cual el nuevo CPP entrará en vigor recién dentro de poco más de dos años, se debe a que su implementación requiere la reorganización material del sistema y la capacitación de los recursos humanos, entre ellos jueces, fiscales y funcionarios administrativos, implementación que requiere una inversión de 25 millones de dólares.
A partir de la entrada en vigencia del nuevo CPP, comenzará a regir en nuestro país un sistema que se conoce como «acusatorio”. Las características esenciales son que los juicios penales pasarán a ser orales y públicos, los fiscales dirigirán las indagatorias y realizarán las acusaciones, los defensores tendrán la responsabilidad de proteger y amparar al imputado, y los jueces, que tendrán un contacto directo -y no por escrito, como ocurre hoy- con el acusado, tras escuchar los alegatos del fiscal y del abogado defensor, dictarán sentencia. La variación introducida en ese sentido es relevante, ya que actualmente el juez dirige la investigación y a la vez resuelve en el caso, lo que sin dudas es un contrasentido.
La reforma permitirá, entre otras cosas, que los procesos judiciales se aceleren, ya que en la actualidad casi el 60% de las personas que se encuentran recluidas aún no tiene emitida su sentencia, y de esa manera dará respuesta a un largo reclamo.
Además, la persona que fuere procesada continuará en libertad hasta que se conozca la sentencia, con lo cual en la práctica quedará abolida la prisión preventiva, con la excepción de los delitos graves.
Las víctimas de los delitos, a su vez, tendrán una participación directa en la audiencia judicial, pero además el nuevo CPP establece para la fiscalía la adopción de medidas para protegerlas frente a eventuales amenazas, hostigamientos o agresiones, facilitar su intervención durante el proceso y evitar cualquier afectación de sus derechos.
En esencia, como bien se ha señalado, el nuevo texto recoge los principios admitidos por al doctrina, por lo que ha logrado el respaldo completo de los actores del Poder Judicial, entre ellos jueces, fiscales, funcionarios, abogados y otros. Entre los mencionados principios, como se desprende de todo lo anterior, se encuentran el reconocimiento a la dignidad humana, el debido proceso legal, la presunción de inocencia y la duración razonable de la causa.
De tal manera, la Justicia uruguaya, a impulso de todos los partidos políticos cuenta ahora con un instrumento moderno, rápido, diáfano y eficaz.
Eso sí: la manera en que se utilizará esa herramienta, ya es responsabilidad de otros actores.
Aunque todos tenemos esperanza en que la balanza mantenga su equilibrio.