La Dirección de Tránsito de la Intendencia de Colonia comunica a la población que de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.061 en su capítulo IV Art. 7º “A partir de los ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley, será obligatorio para los conductores y acompañantes de motos, ciclomotores, motocicletas, cuadriciclos o similares, el uso permanente durante su circulación en todas las vías públicas, de un chaleco o campera reflectivos o, en su defecto, bandas reflectivas que cumplan con las exigencias técnicas de reflexión de acuerdo con lo que fije la reglamentación”. A partir de la fecha, aquellos que aspiren a la obtención de Licencias de Conductor Cat. G-1, G-2, G-3 y P.D (Permiso Departamental) deberán realizar el examen práctico con los dispositivos y elementos de seguridad establecidos en la misma. No se tomará la prueba de referencia de no presentar los elementos de referencia. Asimismo se recomienda dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo VII Art. 15 “ Todos los vehículos automotores de cuatro o más ruedas, que circulen por la vía pública o por la vía privada librada al uso público, deberán contar con un maletín con elementos de primeros auxilios y seguridad vial”