Comunicado de Prensa
Partido Colorado
Haciendo uso de la palabra en la Media Hora Previa de la Sesión Ordinaria del Senado de la República del miércoles 2 de setiembre, el legislador coloniense Daniel Bianchi se refirió a la falta de asistencia a las víctimas de siniestros de tránsito en las rutas nacionales.
Como antecedentes cabe señalar que en marzo de 2004 se firmó un convenio entre el Gobierno y las empresas de emergencia médica para prestar el servicio 911 en caso de accidentes en la vía pública en todo el país sin contraprestación económica alguna, lográndose en aquel entonces que más de cincuenta emergencias prestaran gratuitamente el servicio.
Tiempo después, se acordó una contraprestación económica para continuar con la atención médica en las rutas, pero quedó pendiente la fijación del monto de esa partida de dinero para que extendieran el servicio.
La creación del Sistema de Atención Médica y Emergencia (SAME), en el año 2009, en teoría permitiría la atención y el contralor de los siniestros de tránsito en calles, rutas nacionales y áreas de difícil acceso, pero en la práctica no funciona a cabalidad. Tampoco funciona un helicóptero-ambulancia que la Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV) y la Fuerza Aérea siguen preparando, pero si bien continúa realizando pruebas, aún no está plenamente operativo.
Lo expresado por Bianchi
La exposición del legislador colorado fue realizada en los siguientes términos:
Señor Presidente:
Quiero hacer referencia a un tema que seguramente es de preocupación de todos y sobre el cual existe profusa normativa.
Sin embargo, algo sucede para que ésta no sea aplicada o, si lo es, no esté cumpliéndose adecuadamente con el objetivo que se le asigna: asegurar la vida y salud de los ciudadanos.
Estoy haciendo referencia al tema de la inadecuada respuesta que existe para la atención de los siniestros y accidentes de tránsito ocurridos en la vía pública, esencialmente en rutas departamentales y nacionales.
En efecto, señor Presidente, no podemos decir que no exista normativa al respecto. Tampoco podemos considerar que no haya sido preocupación de este cuerpo legislativo ni de las autoridades sanitarias y de otros actores involucrados como la UNASEV y la Cámara de Emergencias Médicas.
Pero, sin dudas, el problema subsiste.
Los organismos a cargo no son eficientes en el cumplimiento de sus cometidos, y siento la obligación de destacarlo. Tomemos conciencia y hagamos algo, señor Presidente, para que éstos tomen las acciones inmediatas.
No basta legislar si la normativa se transforma en mera expresión de deseos y si las leyes no son efectivas para satisfacer los fines para los cuales se dictan.
Decimos que existen normas, y citamos: la Ley 18.113, que crea la UNASEV con el cometido específico de coordinar las tareas que cumplen las entidades dedicadas a preservar la salud y seguridad pública en el uso de las vías de tránsito de todo el territorio nacional; la Ley 18.191 de Tránsito y Seguridad Vial en el Territorio Nacional (citamos al respecto los Arts. 42, 43 y 44); la misma Ley 18.211 creadora del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) que en su Artículo 1 expresa el derecho a la protección de la salud que tienen todos los habitantes, siendo sus normas de orden público e interés social; la Ley 18.621, que creó el Sistema Nacional de Emergencias (SINAE) y que en su Artículo 7 establece la preparación y planificación operativa de respuesta ante eventos adversos.
A este marco normativo se sumaron acciones concretas como la incorporación del Ministerio del Interior a partir del año 2002 con el número único de emergencias policiales y en vía pública 911, y el convenio que rige desde el 2004 con la Cámara de Emergencias Móviles, así como el Contrato de Asistencia ante Emergencias en Vías Públicas, firmado el 18 de setiembre de 2009 entre el MSP, el Ministerio del Interior, la UNASEV y el Consorcio de Emergencias Médicas, entre otros.
Podemos seguir citando normativa, señor Presidente.
Recientemente, el Decreto de fecha 23 de octubre de 2014 por el cual el Poder Ejecutivo reglamentó el Artículo 265 de la Ley 19.149 de 24.10.2013, por la que se creó en el MSP el Sistema Nacional Integrado de Emergencia y Traslados, cometiendo a esa Secretaría de Estado la “responsabilidad de la gestión sanitaria del Centro Comando Unificado, en el marco del Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME) mediante un Centro Coordinador que debe atender los 365 días del año, las 24 horas del día…”
Sin embargo, señor Presidente, seguimos sin dar debida cobertura a los siniestros en las rutas nacionales. Me preocupa como legislador gestar leyes que no se cumplen o no se cumplen satisfactoriamente en sus resultados, pero fundamentalmente me preocupa, como médico, la salud de los ciudadanos.
Todos los días tenemos noticias de prensa donde la asistencia debe ser brindada como se puede por otros ciudadanos que muchas veces ni siquiera tienen conocimientos médicos para brindar los primeros auxilios, que por cierto no se logran sólo con la obligación de un elemental botiquín en el automóvil.
Recientemente, el día 24 de agosto ocurrió un accidente de tránsito en el departamento de Colonia, en la Ruta 21, km 227, entre Conchillas y Carmelo. Un ciclista, debido al mal estado de la ruta, cayó al pavimento presentando traumatismo cráneo-encefálico. A la media hora llegó la Policía, que trató de comunicarse con una ambulancia. Llamó a la policlínica de Conchillas, pero desde ésta contestaron que no tenía ambulancia. Luego llamaron al Hospital de Carmelo, pero no había ambulancia disponible. Por su parte, la emergencia médica de Carmelo dijo que ese lugar estaba fuera de radio.
Felizmente, después de una hora y media de ocurrido el accidente, pasó un médico y bajo su responsabilidad lo trasladó en su automóvil.
Señor Presidente, se han anunciado experiencias piloto y planes coordinados entre centros asistenciales, fundamentalmente en verano, pero estas acciones puntuales no son suficientes.
Incluso la UNASEV y la Fuerza Aérea han anunciado el acondicionamiento de un helicóptero ambulancia, pero lo cierto es que el sistema no funciona y existe un debe en este sentido.
Resulta necesario asegurar la asistencia Clave 1 en áreas periurbanas, suburbanas, rurales y carreteras nacionales, y para eso ni la cobertura brindada por la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) ni por los móviles de emergencia médica es suficiente, ya que el Decreto 309/008, que fija las áreas geográficas de cobertura, no los obliga a éstos.
Resulta necesario tomar conciencia que estamos perdiendo vidas humanas valiosas que pueden ser salvadas, y las autoridades deben agilizar las acciones, revisar protocolos y disponer las medidas necesarias para que las normas se cumplan adecuadamente.
Solicito al Señor Presidente que estas palabras sean cursadas al MSP, ASSE, UNASEV, Ministerio del Interior, Cámara de Emergencias Médicas, Intendencia Departamental, Junta Departamental y Municipios de Colonia.
Gracias, Señor Presidente.