Desde este sabado 9 del corriente mes regirá la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores. Está previsto que los controles comiencen este mismo sábado con el nuevo equipamiento distribuido por la Unidad Nacional de Seguridad Vial.
En declaraciones a El País, el profesor de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho, Adrián Gutiérrez, hay dos aspectos a tener en cuenta.
Por un lado, que ante la aplicación de la multa para que ésta sea legítima «tiene que darse el derecho a la defensa». Por lo que si el caso es presentado ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) éste anulará porque la sanción «se ha aplicado sin observar el principio de defensa». El asunto es que la mayoría de los conductores multados no llegan a esa instancia debido a los costos que implica.
El otro asunto, según Gutiérrez, es que el conductor tiene derecho a exigir una segunda prueba, una vez realizada la espirometría. Para esto la única institución habilitada es el Instituto Mateo Orfila del Hospital Italiano, a realizarla en la denominada “etapa de defensa”.
El análisis de sangre es considerado la prueba de mayor veracidad. Por lo que, en caso de que el test de sangre resulte negativo, la persona debe concurrir a la Intendencia para presentarlo y la comuna debería revocar la multa.