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¡ADEOM VA! – «La Formación arranca por quién tiene la Responsabilidad de mando»

Con total éxito se desarrolló en Juan Lacaze la primera actividad -de varias planificadas- de Curso de Formación y Capacitación en Seguridad y Salud Ocupacional.

El mismo está enmarcado en los objetivos a corto y mediano plazo que tenemos desde ADEOM Colonia. Es fundamental y estratégico para nuestra Asociación -como marca la normativa legal vigente, Decreto 291/07- promover y colaborar en la planificación de la capacitación dirigida a todos los trabajadores y la correspondiente cadena de mando para la prevención de riesgos laborales.

Reafirmando este enorme logro, en la planificación que llevaron directivas de ADEOM anteriores y la actual, en ese aspecto de una política en seguridad laboral, promovida y ratificada en el MTSS.

Destacar el compromiso y trabajo -como representante de ADEOM- del compañero Fernando Felipe para poder lograr y consolidar la Oficina SySO.

Cabe resaltar la excelente planificación y trabajo que realizo -para la organización de dicha actividad- Mabel Tonelli y su equipo multidisciplinario en nombre de la Dirección de Recursos Humanos de la Intendencia de Colonia.
La jornada estuvo a cargo de los Técnicos Prevencionistas Daniel Bocksberger y Edinson Horacio Morales Sosa, de excelente trabajo, y estuvo destinada en esta primera instancia, a alcaldes, jefes, capataces y mandos medios de la Zona Este. La asistencia y compromiso fue extraordinaria y los técnicos responsables respondieron preguntas, despejando dudas y generando certezas en las autoridades y direcciones correspondientes.

Trabajamos principalmente en la normativa legal vigente que aplica para el sector, ejemplo el Decreto Nacional 291/07. Haciendo principal hincapié en el Capítulo II

PRINCIPIOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES

«ARTICULO 2º. Los empleadores deberán garantizar, en los términos previstos por el convenio que se reglamenta, la salud y seguridad de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo.

ARTICULO 3º. El costo de las medidas directamente relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo no deberán recaer en modo alguno sobre los trabajadores. El trabajador deberá cuidar que los medios de protección personal se conserven en condiciones satisfactorias de uso y buen funcionamiento, siendo de cargo del empleador el mantenimiento, reparación o reposición de dichos elementos.

En caso de uso indebido o extravío, el empleador podrá exigir la reposición de dichos elementos.

ARTICULO 4º. Los trabajadores o sus representantes tienen derecho, de conformidad con la legislación y la práctica nacionales, a consultar y efectuar las recomendaciones que consideren oportunas y adecuadas que afecten o puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo, tanto al empleador como a los órganos de participación previstos en el presente decreto.»

Las próximas jornadas de Formación y capacitación serán:
Viernes 21 de julio – 13 hs. – Casa de la Cultura de Colonia del Sacramento
Viernes 28 de julio – 13 hs. – Casa de la Cultura de Carmelo