Colonia Noticias

Poco a poco nos vamos «desmadrando», cuando todo se va perdiendo, fundamentalmente, ética y valores

Foto: Calos Pazos

AYER DISCUSIONES CALLEJERAS – HOY COMUNICADO CON SABOR A «REVANCHA» – La conclusión puede ajustarse a las dos realidades. Vazquez nuestro presidente a faltado a sus dichos en más de una oportunidad -no resiste los archivos- lo cual puede ubicarlo dentro de la franja de «mentirosos» -incumplir lo dicho- para algunos; mientras seguramente el colono también debe estar en falta y deberá ajustar su situación debido a las normas vigentes .

VEA UD. – El comunicado emitido este martes por Presidencia -en el que se informa que Gabriel Arrieta, uno de los colonos que increpó al presidente Tabaré Vázquez, ocupa ilegalmente un terreno desde 2008- significa una violación a la ley de Protección de Datos Personales, dijo a El Observador el abogado especializado en derecho administrativo Adrián Gutiérrez.

El profesional consideró que Arrieta podría iniciar acciones legales contra el Estado si demuestra que el comunicado le causó algún tipo de perjuicio. «Me llamó la atención la publicación porque el Estado es el que debe salvaguardar esa información», agregó.

La ley de Protección de Datos Personales, explicó Gutiérrez, expresa que hay determinada información que no es considerada pública y por tanto debe ser preservada. La situación patrimonial de una persona, que en este caso fue publicada, está protegida por esa normativa.

De igual forma opinó el abogado Juan Fagúndez, quien dijo a Montevideo Portal que el gobierno utilizó «datos sensibles» con el objetivo de «someterlo (a Arrieta) al desprecio público». Por lo tanto, afirmó que el comunicado puede ser considerado una «persecución instantánea».

El artículo 11 de la ley de Protección de Datos Personales expresa que «las personas que, por su situación laboral u otra forma de relación con el responsable de una base de datos, tuvieren acceso o intervengan en cualquier fase del tratamiento de datos personales, están obligadas a guardar estricto secreto profesional sobre los mismos».

A su vez, en el artículo 12 de esa normativa se establece que «el responsable de la base de datos es responsable de la violación de las disposiciones de la ley»