Ricardo Pérez Manrique, dijo en Rompkbzas que el Poder Judicial ofrece las garantías necesarias para dirimir la situación generada por el título del Vicepresidente Raúl Sendic.
El juez penal de 15º turno se excusó de recibir la denuncia contra Raúl Sendic por usurpación de título por una cuestión de fechas. El caso vuelve al sistema para ser redistribuido a otro juzgado.
El abogado Gustavo Salle Lorier considera que Sendic incurre en el delito comprendido por el artículo 167 de Código Penal en la primera de las dos hipótesis que se plantean en la Ley: abrogarse un título académico. Salle dijo a Rompkbzas que no se configura la segunda hipótesis: el ejercicio de una profesión.
El artículo 167 (usurpación de títulos) establece que «el que se arrogare títulos académicos o ejerciere profesiones para cuyo desempeño se requiere una habilitación especial, será castigado con 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a 900 U.R. (novecientas unidades reajustables) de multa».