La pena mínima de un año aplicada a menores – establecida por ley – que hayan cometido delitos violentos genero alguna polémica entre operadores judiciales a tan solo una semana de haber entrado en vigencia.
Habría fiscales que no podrían solicitar su internacion y por lo tanto dicha ley no se aplicará.
Hay operadores judiciales de menores que entienden que dicha ley habilita a los fiscales a pedir una libertad asistida para aquel menor que aún haya cometido algún delito gravísimo como homicidios-lesiones de entidad-violaciones- rapiñas- y secuestros.
Los mismos se basan en que la ley no señala expresamente que deberá ser el juez quien dictamine la internación durante 12meses Ariel Sayagués Laso, abogado defensor de menores, calificó la redacción de la ley como “ambigua”,… “se puede interpretar que no es obligatoria la imposición de la medida privativa de la libertad para aquellos
menores que ha cometido delitos graves”, manifestó.
Otro representante del Ministerio Público advirtió que nada obliga a pedir a un magistrado a pedir la internación para aquellos menores que cometieron delitos gravísimos.
“Habrá internación si yo la pido. En caso de que la pidiera habrá acuerdo entre todos los operadores judiciales en cuanto a que la misma no podrá ser inferior a los 12 meses. Eso lo establece la ley a titulo expreso…” manifestó a la prensa.