TAL VEZ PODRÍA HASTA PENSAR EL MONTO Y EN CUÁNTO LE QUEDARÍA LA CUOTA – Simples interrogantes que surgen, y que parecieran ser un chiste; pero ante los tantos vericuetos judiciales, «tejes y manejes»; tergiversaciones de lo normal por lo anormal y los tiempos actuales de «para cada cosa una ley» -que me convenga por supuesto- aunque no sea lo más justa que debiera; por ahí quien sabe y…no haya ante esta posibilidad de poder devolver «lo afanado»; quién o quienes -o algunos aprovechen «la volada»- para devolver en cuotas a convenir de lo que se apropió indebidamente.
VEA UD. ESTOS CASOS: (como subtitulan las películas; «extraídos de la vida real») Tres investigaciones judiciales detrás de estafas de miles de dólares culminaron con los ladrones en libertad, y a cambio reembolsaron el dinero robado a las víctimas. En los tres casos el fiscal de Delitos Económicos Enrique Rodríguez acordó con los defensores esa pena más benévola para los estafadores, según informó el semanario Búsqueda este jueves.
Los abogados defensores de una de esas causas agradecieron a la Fiscalía y la Policía que se haya resuelto una estafa de medio millón de dólares en solo 60 días, aunque nadie haya ido a la cárcel.
Una de las empresas afectadas, Grinsol SA, recuperó los US$ 420 mil que habían sido robados en una maniobra de fraude en la que participaron cinco personas. En una primera instancia, a los involucrados se les aplicó prisión preventiva mientras esperaban el desarrollo del juicio que comenzó en diciembre de 2017. Pero, tras el acuerdo, los autores fueron liberados, ya que se comprometieron a devolver todo el dinero.
Eso fue posible porque desde noviembre del año pasado, mes en que comenzó a funcionar el nuevo Código del Proceso Penal, existe la figura de la suspensión condicional del proceso. Este beneficio para el culpable consiste en imponerle determinadas condiciones a cambio de que no vaya a prisión. Si incumple el acuerdo, entonces sí podrá cumplir prisión.
Como contrapartida, a cambio de que el proceso judicial se suspenda, los acusados deben cumplir con requisitos específicamente acordados, como la devolución del dinero robado. De esa forma, se resuelve el conflicto, pese a que no se investigue la totalidad de los hechos, y los responsables quedan sin antecedentes penales, porque el delito se considera extinguido. El plazo de cumplimiento de las condiciones u obligaciones no podrá ser superior a dos años.
Estos acuerdos no se pueden aplicar para delitos en los que la pena mínima supere los tres años o si el imputado estuviera cumpliendo una condena.
A su vez, en estos casos se aplicó un «acuerdo reparatorio» que se puede aplicar para el caso de delitos de contenido patrimonial.
Otro caso resuelto de este modo por el fiscal Rodríguez fue el de dos delincuentes que engañaron a dos ancianas mediante el famoso «cuento del tío». Las convencían de que eran sus nietos y que debían sacar su dinero del banco por seguridad. Para esa gestión, enviaban a un «amigo» para acompañarlas a realizar el trámite. Fueron capturados por la Policía cuando lograron seducir a una tercera víctima: a ese punto los delincuentes habían robado US$ 50 mil, pero acordaron con la Fiscalía devolver todo el dinero y quedaron en libertad.
La tercera situación que concluyó con la aplicación de la suspensión condicional del proceso, fue una estafa que llevó adelante una agente inmobiliaria falsa: engañando a varias personas obtuvo US$ 30 mil que devolverá íntegros a cambio de su libertad, en cuatro cuotas entre abril y junio, según informara el Observador.