El pasado martes en la sesión semanal de la junta electoral se comunicó oficialmente que la corte electoral había validado, (esto es, había realizado el cotejo entre las firmas presentadas y las que tiene la C.E en su sistema) y comunicaba que se cumplía con el art. 1 y 16 de la ley 19.272.
Esta ley en sus artículos; requiere que las localidades con poblaciones menores a 2000 habitantes, pueden realizar la iniciativa de la creación de un gobierno municipal, presentando las firmas de por lo menos el 15% de los habitantes inscriptos en esa localidad.
La localidad de Colonia Miguelete debía presentar como mínimo 178 firmas y presentó 251 adhesiones; mientras la localidad de La Paz debía presentar 213 firmas y presentó 276 adhesiones.
Según el art. 16 de la ley 19.727 los pasos a seguir son los siguientes:
1 – Se le comunicará al intendente de colonia Dr. Carlos Moreira de la validación de las firmas presentadas por estas localidades.
2 – El mismo dentro de los 60 días debe emitir una opinión preceptiva, esto es obligatoria, sobre la aceptación o no de la creación de dichos municipios.
3 – Luego de transcurrido dicho plazo, la junta departamental por una mayoría especial de 2/3 del voto de sus integrantes resolverá sobre la creación de dichos municipios.
Sin dudas que en esta instancia pasa a tener un gran peso – la voluntad política -; la opinión que manifieste el intendente respecto al tema.